Un gran número de ciudadanos españoles que se han planteado el tema del legado que les van a dejar a sus hijos y descendencia ha inclinado la balanza hacia la posibilidad de donar su vivienda en vida para evitar los costes que conlleva una herencia pero ¿es rentable?
El traspaso de la vivienda tiene implicaciones fiscales y legales que conviene conocer antes de tomar una decisión pero no todo el mundo las conocer. Para empezar hay que dejar claro que aceptar una herencia implica aceptar bienes, beneficios y deudas por lo que, en ocasiones, puede resultas más práctico rechazarla y evitar dichas deudas cuantos estas superan los beneficios a los que optaría el heredero.
A veces, es complicado saber si debemos aceptar la herencia o no porque no conocemos todos los pormenores de la situación del fallecido por lo que es interesante contar con el asesoramiento de un abogado especialista. En aceptacionherencia.com encontraréis toda la información oportuna con respecto a este tema y podréis contactar con el abogado especialista del bufete Durán & Durán Abogados.
Ahora bien, si estamos en el caso contrario, como comentábamos el inicio de este artículo, y lo que queremos es asegurarnos de que nuestros herederos accederán a la vivienda o viviendas que tengo en propiedad con el menor gasto posible, hay actualmente un falso mito sobre que donar la casa implica menos gastos pero esto es erróneo y muchos ciudadanos españoles se equivocan al pretender ahorrar así dinero a sus familiares.
Pensad que las donaciones, dependiendo de la Comunidad Autónoma donde se resida, suelen tener mayores gravámenes a efectos de tributar en la base imponible que una herencia, oscilando entre los 7,65% y el 34%. Ahora bien, en el caso de la herencia el heredero tiene la obligación de pagar la plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana que depende de cada Ayuntamiento, pero esto es algo que también tiene que hacer el hijo en caso de recibir la vivienda en donación por lo que no hay mayor ventaja en este hecho.
Otra desventaja de la donación es que no admite la posibilidad de cambio, es decir, mediante un testamento el propietario puede dejar en herencia unos bienes a unos herederos y otros bienes a otros herederos y, en caso de cambiar de opinión, llevar a cabo otro testamento ante notario que invalide el primero y reparta de nuevo sus bienes en base a la nueva situación. Sin embargo, en el caso de la donación, una vez se ha llevado a cabo no se puede cambiar de opinión salvo en caso de ingratitud (maltrato físico o psicológico), por lo que hay menos margen de juego.
Algunos abogados recomiendan a los propietarios “vender” la vivienda a sus hijos para evitar los impuestos por herencia o donación pero esto trae consigo también algunos problemas como que esa venta se haga por un precio menos al peritado y, posteriormente, hacienda le pida explicaciones al heredero.
En cualquier caso la mejor opción es siempre ponerse en contacto con un especialista pero desde Diario 24 queremos hacer hincapié en que la donación no es, necesariamente, más beneficiosa que la herencia y que los ciudadanos que están optando por ella deben informarse adecuadamente de las desventajas que ésta conlleva antes de realizar ningún trámite.