El servicio doméstico, un trabajo en toda regla

Comparte
Reddit
X
WhatsApp
Facebook
Mas comentadas

¿Los perros agresivos nacen o se hacen?

Seguramente alguna vez hemos escuchado aquello de que hay unas razas de canes que son más peligrosas que otras, o esa mítica expresión de perros potencialmente peligrosos, también conocidos como

Actualidad del sector editorial

Cuando nos referimos al sector editorial, parece inevitable plantear el constante debate entre papel y digital. Situados en un presente movedizo, donde el papel se nos

Accidentes en la vía pública

Los accidentes ocurridos en la vía pública por causa de la imprudencia de peatones, conductores y por desprendimientos y caídas de objetos desde lo alto de las viviendas, o incluso

¿Qué es el seguro de alquiler?

Esta modalidad de seguro no lleva mucho tiempo en el mercado inmobiliario de España. Con la contratación de estos seguros el propietario se garantiza el cobro de las

Perfil de los españoles que no trabajan

Dentro de la enorme tasa de desempleo general en España, cabe matizar la naturaleza de cifras tan escandalosas. Una de las más importantes es la que atañe al paro juvenil,

Atrás queda eso de tener una empleada de hogar y no velar por sus derechos. Hasta hace unos pocos años, trabajar en una vivienda como empleada doméstica, no reportaba grandes beneficios. Se trataba de un trabajo mal visto, mal pagado y poco tenido en cuenta. Aunque había muchas mujeres que se dedicaban a ello, por necesidad y por no tener muchas opciones. Las tareas que llevaban (y llevan) a cabo estas empleadas, eran de lo más variadas: limpiar, hacer la colada, la compra, servir… en función de quien contratará el servicio y sus pretensiones.

En la mayoría de los casos, los contratos eran verbales, por horas y con total libertad de sobreexplotación o dejarte sin trabajo a la primera de cambio. No todas las empleadas domésticas sufrían este tipo de problemas, también las había muy bien miradas y valoradas, con sus contratos y su alta en la seguridad social. Solo que se trataba de algo menos habitual, puesto que la ley, no decía gran cosa al respecto. En cualquier caso, podemos decir que, en la mayoría de las ocasiones, este tipo de trabajo, beneficiaba a las dos partes, de algún modo.

Por suerte, las cosas han cambiado y ahora, puedes trabajar como empleada doméstica o de hogar con todas las de la ley. Desde la Agencia Sant Pau, donde se dedican a este sector en particular, nos han hablado de como la ley ampara a estas trabajadoras. Desde el pasado año, el Real Decreto 89372024, se regula la protección de la seguridad y la salud, dentro del ámbito del servicio del hogar. Esta normativa, amplia la protección del colectivo, lo que mejora en gran medida sus condiciones laborales. Por lo tanto, podemos decir que las empleadas domésticas, tienen sus derechos y quienes contraten sus servicios, obligaciones.

Derechos con los que cuentan las empleadas de hogar

Un contrato, sea verbal o escrito, laboral o de compra venta… es algo bidireccional. Vincula a las partes en la misma medida, aunque tengamos la extraña idea o sensación de que, en según qué situaciones, no sea así. En el caso que nos ocupa, por fin se ha hecho justicia y se ha conseguido que la ley, ampare a estas empleadas y pueden gozar de mayor protección.

Con tal objetivo, el de mejorar la protección de las empleadas de hogar, se aprobó el pasado año un paquete de medidas que permite igualar los derechos de estas trabajadoras con el resto de empleados y empleadas de otros sectores. Esta nueva normativa, amplia la prevención en riesgos laborales de este tipo de empleadas, lo que las proporciona mayor seguridad a la hora de llevar a cabo el desempeño de sus funciones. Por otro lado, se incrementan las responsabilidades de las personas que trabajan como empleadas del hogar, en todo lo relacionado con la seguridad en el trabajo.

Siendo así, las empleadas del hogar, gozan ahora de mayores derechos a la hora de trabajar. En lo relativo a los riesgos laborales, ahora, cuentan con derecho a la evaluación de riesgos en el empleo doméstico, lo que obliga a la persona contratante a realizar una evaluación inicial de los posibles riesgos que pueden existir para la seguridad y la salud de las personas que vayan a trabajar en el servicio. Esta evaluación, debe considerar aspectos como las características específicas de la actividad y se llevará a cabo de forma regular, cuando se produzcan cambios en las condiciones laborales o se den incidentes que afecten a dicha seguridad y la salud de las empleadas.

Otro de los derechos en esta materia, de los que ahora gozan las empleadas del hogar, es la disposición de todo tipo de medidas preventivas que se requieran para el desempeño de sus funciones. Esto es que, las empleadas del hogar tienen derecho a recibir los EPi necesarios, siendo responsabilidad de la persona contratante, proporcionar estos equipos.

Además, se concede el derecho a la formación gratuita en todo lo relacionado con los riesgos laborales, asociados a las tareas a desempeñar, así como  sobre las medias de protección que se deben aplicar. Se trata de una formación única que se impartirá durante la jornada laboral, salvo que no sea factible, en cuyo caso, se compensará con el tiempo de descanso equivalente.

Los programas formativos son financiados por el SEPE y gestionados por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

Aparte de estos derechos en cuestión de riesgo laboral, las empleadas domésticas, cuentan con otros, igual de importantes, como el derecho a abandonar el trabajo en situaciones de acoso laboral. En este sentido, las empleadas del hogar, tienen pleno derecho a abandonar el puesto en caso de que se produzca acoso laboral, sexual o cualquier tipo de violencia. Este tipo de acción no se considera dimisión ni causa de despido. Además de contemplar la creación de un protocolo concreto para este tipo de situaciones.

El derecho a tener un reconocimiento médico gratuito, a la vez que voluntario y de forma periódica. Estos reconocimientos se realizaran por lo menos una vez cada tres años, salvo que el profesional de la salud determine una menor periodicidad.

Por último, a partir de ahora, las empleadas del hogar, tienen derecho a interrumpir la actividad en caso de que se produzca un riesgo grave o inminente para la salud o integridad física. Ante dicha situación, las empleadas no podrán ser objeto de represalias por parte de los contratantes.

Obligaciones de los contratantes

Como ya comentamos anteriormente, los contratos son bilaterales y, en este caso, no están exentos de obligaciones para la parte contratante. Del mismo modo que sucede en cualquier otro empleo, los contratantes, deben cumplir algunas obligaciones, del mismo modo que los empleados, cumplen con su trabajo. En el caso de las empleadas de hogar, la nueva normativa, establece una serie de obligaciones para las personas que contraten a estas empleadas.

En primer lugar, la evaluación de riesgos. Los contratantes deberán llevar a cabo una evaluación de los riesgos potenciales que puedan darse en el domicilio donde trabajará la empleada doméstica. Esto nos lleva a la provisión de equipos de trabajo. Están obligadas a proporcionar de forma gratuita, los equipos de trabajo que sean necesarios, para el correcto y adecuado desempeño de las funciones a realizar por parte de las empleadas.

Respecto a las medidas de seguridad, tiene que informar sobre los posibles riesgos y, adoptar las medidas necesarias en caso de que exista un peligro grave e inminente. No se puede exigir la reanudación ni continuidad del trabajo mientras el peligro, persista.

Todo esto no conlleva la asunción de un gasto adicional significativo por parte de los contratantes, salvo que se opte por contratar un seguro que cubra este tipo de aspectos.

Desde el INSST nos dicen que para que todo esto entre en vigor, deben pasar unos diez meses desde la publicación en el BOE, de manera que se elabore y ponga a disposición de los hogares, una herramienta que permita facilitar el cumplimiento de la evaluación de los riesgos laborales.

No obstante, las obligaciones previstas, no serán exigibles hasta que hayan pasado seis meses desde que dicha herramienta, se encuentre a disposición de los contratantes. Así mismo, el INSST, dispone de un plazo de un año para desarrollar una guía técnica que proporcione la información necesaria respecto estos derechos y obligaciones.

Estos nuevos derechos no estarán solos, puesto que se suman a otros de gran importancia, como el derecho a solicitar el subsidio por desempleo, alineándose con el convenio 189 de la OIT sobre empleadas del hogar en nuestro país. Con esto se pretende asegurar medidas que beneficien a un colectivo siempre desprotegido.

Aunque ya han pasado las fechas, posiblemente se repitan las ayudas concedidas por la Comunidad de Madrid en particular, para las familias que, cumpliendo unos requisitos, decidan contratar a empleadas del hogar.

En definitiva, un gran paso para el gremio de las empleadas de hogar que, lejos de quedarse rezagadas, han logrado grandes avances en lo que a derechos laborales respecta. Lo que está claro es que se trata de un trabajo como cualquier otro. No por el mero hecho de limpiar la suciedad ajena, deben tratar a las empleadas como trapos. Se trata de personas capaces que por la razón que sea, se dedican a este trabajo.

Un poco de cortesía y proporcionar un entorno de trabajo adecuado y cómodo, como sucede en cualquier empleo, resulta esencial para que estas trabajadoras, rindan como es debido. Para aquellos que optan por disponer de servicio doméstico, ahora se darán más cuenta de que contratar a una persona para que haga por ti todo aquello que tu no quieres hacer, implica respeto hacia la empleada. Un salario justo, seguridad social y la opción de cotizar, es lo mínimo con lo que deberían contar las empleadas domésticas. Limpiar viviendas y servir a una familia en la medida que sea, supone un trabajo a veces, difícil que se valora poco. Por lo que ha llegado la hora de que se reconozcan sus derechos y los deberes de los empleadores. En los próximos meses, la normativa entrará en vigor y las empleadas domésticas, podrán sentirse como empleadas sin más.

Comparte:

Facebook
Twitter
Pinterest

Relacionados

Scroll al inicio
Resumen de privacidad

Este sitio web utiliza cookies para que podamos brindarle la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en su navegador y realiza funciones tales como reconocerlo cuando regresa a nuestro sitio web y ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones del sitio web encuentra más interesantes y útiles.